El
artículo 383 de la Constitución de la República, establece que “el sistema económico es social y solidario; reconoce al ser humano como
sujeto y fin; propende a una relación dinámica y equilibrada entre sociedad,
Estado y mercado, en armonía con la naturaleza; y tiene por objetivo garantizar
la producción y reproducción de las condiciones materiales e inmaterial en lo que posibiliten el buen vivir.
El
sistema económico se integrará por las formas de organización económica
pública, privada, mixta, popular y
solidaria, y las demás que la Constitución determine. La economía popular y solidaria se regulará de acuerdo con la ley e
incluirá a los sectores cooperativistas, asociativos y comunitarios”.
El
artículo 309 de la Constitución de la República, establece que el sistema
financiero nacional se compone de los sectores público, privado y del popular y
solidario que intermedian recursos
públicos; en tanto que el Art.311 ibídem determina que “El sector financiero
popular y solidario se compondrá de cooperativas de ahorro y crédito, entidades
asociativas o solidarias, cajas y bancos comunales, cajas de ahorro. Las
iniciativas de servicios del sector financiero popular y solidario, y de las
micros, pequeñas y medianas unidades productivas, recibirán un tratamiento
diferenciado y preferencial del Estado, en la medida en que impulsen el
desarrollo de la economía popular y solidaria”.
En lo que
hace relación a las formas de organización de la producción y su gestión, el
artículo 319 de la Constitución de la República establece que “Se reconocen
diversas formas de organización de la producción en la economía, entre otras
las comunitarias, cooperativas, empresariales públicas o privadas, asociativas,
familiares, domésticas, y autónomas y mixtas.
El Estado
promoverá las formas de producción que aseguren buen vivir de la población y
desincentivará aquellas que atenten contra sus derechos o los de la naturaleza,
alentará la producción que satisfaga la demanda interna y garantice una activa
participación del Ecuador en el contexto nacional”.
¿QUÉ ES LA ECONOMIA POPULAR Y
SOLIDARIA? ¿APORTA AL DESARROLLO?
El
artículo 1 de la Ley Orgánica de la Economía Popular y Solidaria del Sector
Popular y Solidario, señala: “Para efectos de la presente Ley, se entenderá por
economía popular y solidaria a la forma de organización económica, donde sus
integrantes, individual o colectivamente, organizan y desarrollan procesos de
producción, intercambio, comercialización, financiamiento y consumo de bienes y
servicios, para satisfacer necesidades y generar ingresos, basadas en
relaciones de solidaridad, cooperación y reciprocidad, privilegiando al trabajo
y al ser humano como sujeto y fin de su actividad orientada al buen vivir, en
armonía con la naturaleza, por sobre la apropiación, el lucro y la acumulación
de capital”.
Entre los
objetivos de la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria del Sector Financiero
Popular y Solidario, conforme los literales a) y b) del artículo 3, son: “ Reconocer,
fomentar y fortalecer la Economía Popular y Solidaria y el Sector Financiero
Popular y Solidario en su ejercicio y relación con los demás sectores de la
economía y con el Estado; Potenciar las prácticas de la economía popular y
solidaria que se desarrollan en las comunas, comunidades, pueblos y
nacionalidades, y en sus unidades económicas productivas para alcanzar el Sumak
Kawsay”.
El
artículo 8 de la ley ibídem determina que integran la economía popular y
solidaria las organizaciones conformadas en los sectores comunitarios,
asociativos y cooperativistas, así como también las unidades económicas
populares.
APORTE AL DESARROLLO
La
Economía Popular, históricamente invisibilizada como fuerza productiva y reproductiva,
constituye un piso socioeconómico que aporta de forma sustancial al Sistema
Económico. Su presencia histórica y resiliencia en variados territorios y ramas
de producción lo evidencia. Puede destacarse su papel fundamental en la
generación de empleo e ingresos, en la producción de alimentos, en la contribución
de la soberanía alimentaria, en sus iniciativas de producción de bienes y
servicios para la industria del turismo, en la producción de vivienda urbana y
rural, en sus iniciativas de producción de bienes para la industria
manufacturera y en la organización de sistemas de ahorro y crédito que han sido
una alternativa deservicios financieros para aquellos sectores que fueron
relegados del sector financiero privado y que, pueden extender y orientar el
crédito hacia
Se puede
destacar que la Economía Popular genera el 60% de total del empleo a nivel
nacional. El 55% del empleo en el área urbana es generado por la economía
popular1 El 71% de éste empleo se
encuentra concentrado en el sector de agricultura, ganadería, caza y
silvicultura, el 14% en el sector de manufactura, el 9% en vivienda y el 6% en
turismo.
El 66,8% del total de UPAS a nivel nacional de
0 a 5 has proveen el 65% de alimentos de consumo básico2
Sin
embargo, bajo la hegemonía del proyecto de desarrollo de capital intensivo, la Economía Popular y su
potencial solidario es para muchos parte del polo marginal del sistema
económico, y sus sujetos son catalogados como pobres e indigentes. La
comprensión y reconocimiento de la lógica de la Economía Popular y el alto
potencial productivo de su sector solidario son condición necesaria para una
política pública consistente con el nuevo régimen de desarrollo
Cortesía del IEPS - Esmeraldas
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